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Seguro de impago de alquiler

Caser Alquiler ATODORIESGO

Sabemos que la rentabilidad de tu alquiler es importante para ti. Por ello, te garantizamos el cobro del alquiler en caso de impago. Y además, te ayudamos a encontrar el mejor inquilino

Te ayudamos a elegir tu inquilino

 

Te protegemos del impago

 

Te indemnizamos por destrozos

 

¿Cómo te ayuda nuestro Seguro de impago del alquiler?
Que todo vaya bien en tu alquiler depende de la elección de tu inquilino. Por ello, con nuestro Seguro de impago cuentas con detector de mejor inquilino, con el que te ayudaremos a elegir el mejor candidato posible para alquilar tu vivienda. Y por supuesto, siempre tendrás la solución a tus preocupaciones como arrendador, porque Alquilar a todo riesgo es estar protegido en cualquier momento.
1.
Antes
¿”Cruzas los dedos” cuando eliges a tu inquilino? ¿Confías en tu instinto al 100%?

Con nuestro novedoso detector de inquilinos te estás protegiendo antes de que entren en tu casa, eligiendo al mejor inquilino para tu vivienda.
2.
Durante
 Si el inquilino no paga la renta, nosotros te pagamos el alquiler. Y lo hacemos antes que otras aseguradoras.

Si tampoco paga las facturas de luz, agua, gas… también te las pagamos nosotros.

Si el inquilino moroso no quiere irse de casa, nosotros nos encargamos del desahucio y de la defensa jurídica.
3.
Después
Si al irse el inquilino, te ha “destrozado” la casa, nosotros te indemnizamos para arreglarla como desees.
Y además, en caso de impago, hacemos una puesta a punto de tu casa, para tenerlo todo preparado para el próximo inquilino con:
 
  •  4 horas de limpieza
  •  Y cambio de cerradura
Y además, tienes el Pago Garantizado con triple ventaja

Pagamos antes

Desde que se pone la demanda de desahucio.

Pagamos mejor

Todas nuestras garantías son sin periodo de carencia.

Pagamos siempre

Incluso aunque el inquilino se declare insolvente.

¿Qué coberturas incluye el Seguro de impagos para propietarios de Caser?

Coberturas básicas
Coberturas opcionales

Nuestro Seguro de impagos te garantiza el cobro del alquiler

Para ti, que eres arrendador, el alquiler es un pilar importante. Porque te ayuda a pagar gastos personales como la hipoteca, un crédito, los estudios de tus hijos o incluso, poner en marcha un negocio. En definitiva, es un colchón económico imprescindible. Y para que te sientas protegido frente a posibles problemas de impagos, te garantizamos el cobro de la renta.

Periodo de impago

Tú eliges el periodo a indemnizar de los impagos del inquilino: 6, 9, o 12 meses

Franquicia

Como en otros seguros, en función de la franquicia que elijas, tendrás un mejor precio (1, 2 o 3 meses).

Sin carencia

Eliminamos los periodos de carencias para que un posible impago no te impida llegar a final de mes.

Te pagamos

Te garantizamos el importe de los recibos de suministros (agua, luz y gas) impagados o devueltos por parte del inquilino. Y dejamos tu casa lista para el siguiente inquilino, incluyendo 4 horas de limpieza y el cambio de cerradura.

¿Podré contratar el Seguro de impago sea como sea mi vivienda o el tipo de alquiler?

Para poder garantizarte la mejor protección, hemos excluido algunas viviendas dependiendo de su tipología, uso o tipo de alquiler.

Tipología de la vivienda

Respecto al tipo de vivienda, quedan excluidas:
 
  • Infraviviendas.
  • Viviendas con superficie inferior a 25 m2.
  • Sin suministros ni servicios públicos de agua y electricidad.
  • En edificios declarados en ruina o con un expediente de declaración de ruina en curso.
  • Con una antigüedad superior a 50 años sin haberse rehabilitado en los últimos 50 años (tuberías y electricidad).
  • Construidos con materiales combustibles en más del 25%.
  • Viviendas prefabricadas.
  • Riesgos situados fuera del territorio español.
  • Riesgos situados en edificios en construcción.
  • Riesgos en los que se realicen actividades industriales y/o comerciales.

Uso de la vivienda y/o tipo de arrendamiento

Respecto al uso de la vivienda o el tipo de arrendamiento, quedan excluidos:
 
  • Arrendamientos de Temporada (apartamentos de playa o montaña).
  • Períodos de arrendamiento inferiores a 12 meses. (Contrato “estable”)
  • Viviendas para ejecutivos donde el arrendatario es la empresa empleadora de los ocupantes.
  • Viviendas para personal diplomático y/o consular.
  • Viviendas compartidas o subarrendadas.
  • Viviendas desocupadas.
  • Alquiler de habitaciones.

Tu Seguro de Impagos también disponible para LOCALES

Si tienes un local alquilado este seguro también es para ti. Solicita asesoramiento personalizado para adaptar las coberturas a la medida de tus necesidades.
¿Qué más necesitas saber sobre el Seguro de impagos para arrendadores?